Summary

País:

Colombia

Estado del caso:

En proceso

Cuestiones:

Derechos territoriales y derechos culturales, industrias extractivas, defensores de los derechos de la tierra

Violaciones:

Derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas, derecho a la propiedad colectiva, derecho a la cultura, consentimiento libre, previo e informado, derecho a la vida y a la integridad personal, derecho a un recurso judicial, derecho al acceso a la información y a la libre expresión


Resumen:

Conforme a la cosmovisión de la Nación U’wa, Sira, padre creador, les delegó el rol  de serguardianes de la “Madre Tierra”, deben mantener el equilibrio entre el mundo de arriba y el de abajo, entre el cielo, la tierra y el subsuelo. Para los U’wa, los recursos naturales como el petróleo, el gas, el carbón y otros minerales son sagrados. El petróleo es la sangre de la Madre Tierra, por esta razón no debe ser extraído. Es por esto, que a la luz de la cosmovisión U’wa  la operación de las industrias extractivas crea desarmonía y desequilibrio, lo que lleva a la desaparición de la cultura y las especies, incluidos los seres humanos.

Desde principios de los años noventa, los U’wa han luchado constantemente para proteger su territorio contra los intereses extractivos del Estado  y las empresas de petróleo y gas, especialmente frente a la operación de Occidental Petroleum y Ecopetrol. El Estado colombiano ha otorgado contratos de concesión para la exploración y explotación de petróleo, carbón y otros minerales en proyectos que se superponen con el territorio ancestral de los U’wa, incluido el Resguardo Unido U’wa. Mientras tanto, el Estado colombiano no ha reconocido el derecho de los U’wa a la propiedad colectiva sobre su territorio ancestral, ni ha garantizado los derechos de tierra de los U’wa sobre el territorio que ha sido formalmente reconocido durante décadas.

Como consecuencia de las sistemáticas vulneraciones a sus derechos, la NaciónU’wa ha utilizado múltiples mecanismos en la jurisdicción interna buscando el cese de las vulneraciones y la garantía de sus derechos, especialmente frente a la exigibilidad de su derecho al consentimiento libre, previo e informado frente a los proyectos que operan en su territorio, exigiendo que sus derechos étnico-territoriales sean garantizados frente a terceros. En su resistencia milenaria, la Nación U’wa también ha ejercido su derecho a la protesta social, en ocasiones a través de la ocupación pacífica de las  instalaciones de las empresas petroleras que operan en su territorio. El ejercicio de este derecho ha sido reprimido de forma violenta por el Estado colombiano. 

En julio de 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aceptó la petición de los U’wa contra el Gobierno de Colombia,  por la violación de sus derechos humanos como consecuencia de la falta de reconocimiento y protección de su territorio, la promoción e implementación de proyectos extractivos en territorio U’wa, y la vulneración de sus derechos culturales, cuestiones que han afectado la integridad étnica y cultural del pueblo, poniendo en riesgo su posibilidad de sobrevivir.

Junto a la Organización Nacional Indígena de Colombia, la Asociación de Autoridades tradicionales y Cabildos U’wa -ASOU’WA y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrespo, EarthRights es co-peticionario del caso ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH). En este marco, desde EarthRights brindamos asesoría legal a la Nación U’wa, comunidad, apoyando y brindando guía técnica U’wa para la estrategia legal del caso ante el SIDH, 

En noviembre de 2019, la CIDH emitió su decisión de fondo sobre la petición  la Nación U’wa, determinando que el Estado colombiano violó sus derechos a la propiedad colectiva, a la consulta y el consentimiento libre, previo e informado (incluidas las violaciones del derecho al acceso a la información y los derechos políticos), los derechos culturales de la nación U’wa y su derecho a la protección judicial y las garantías judiciales. En su informe de fondo, la CIDH realizó una serie de recomendaciones al Estado con miras a cesar las vulneraciones y  garantizar los derechos de la Nación U’wa.. En octubre de 2020, la CIDH envió el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, determinando que Colombia no había cumplido con las recomendaciones necesarias para remediar las violaciones de derechos que los U’wa han sufrido.

Demandantes

Nota: En el Sistema Interamericano, los abogados y las ONG suelen actuar como peticionarios en nombre de otros beneficiarios.

Asociación de Autoridades Tradicionales y Cabildos U’wa, AsoU’wa,

Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC),

Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR),

EarthRights International

Demandado

Estado de Colombia

Aliados

Asociación de Autoridades Tradicionales y Cabildos U’wa (AsoU’wa), Organización Nacional Indigene de Colombia (ONIC), Colectivo de Abogados Jose Alvear Restrepo (CAJAR), EarthRights International

Otros actores relevantes:

Occidental Petroleum Corp. (Oxy) es una empresa  petrolera estadounidense,  que operó en el territorio U’wa y sus alrededores desde principios de los 80 y hasta mayo de 2002. Oxy construyó el oleoducto de Caño Limón, que atraviesa el territorio U’wa y obtuvo  licencia de exploración y explotación para el Bloque Samoré.

Ecopetrol es una empresa petrolera colombiana, mayoritariamente de propiedad estatal, que tomó el relevo de Oxy y ha propuesto la exploración y explotación de los bloques Gibraltar, Siriri y Catleya. Ecopetrol está operando actualmente una planta de gas en el territorio U’wa.

Línea de tiempo
1991

Oxy firmó un contrato con Shell y Ecopetrol para la exploración del bloque Samoré.

1995

El Estado de Colombia concedió la primera licencia a la Oxy para estudios sísmicos en el bloque Samoré. En respuesta, los U’wa interpusieron una acción de tutela  contra el Ministerio de Medio Ambiente de Colombia, y la Oxy por haber otorgado una licencia ambiental para estudios sísmicos en la zona de Samoré sin consultar previamente a los U’wa. Una tutela es una acción judicial de carácter  constitucional, sumario y preferente para reclamar la protección de derechos fundamentales vulnerados o amenazados. 

1997

Como consecuencia de la Acción de Tutela interpuesta por la Nación U’wa, vinculada con la licencia ambiental para los estudios sísmicos del Bloque Samoré, en sede de revisión, la Corte Constitucional determinó que no se había garantizado el derecho a la consulta previa de  de la Nación U’wa, vulnerando las disposiciones  del Convenio 169 de la OIT y la Constitución Política de Colombia. La Corte ordenó que la consulta se realizara en un plazo de 30 días, condicionando la vigencia de la tutela a la decisión pendiente en la jurisdicción de lo contencioso administrativo, sobre la nulidad de la resolución que otorgó la licencia ambiental. Así,toda vez que el Consejo de Estado (máximo tribunal administrativo en Colombia)  determinó que la licencia ambiental es válida, la consulta nunca ocurrió. 

El 28 de abril de 1997, los U’wa, con el apoyo de varias organizaciones colombianas e internacionales, presentaron una petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra la concesión de la licencia de Samoré y la falta de consulta previa. El Gobierno de Colombia respondió a la petición de la CIDH dos meses después.

1998

La Oxy pidió al Ministerio de Medio Ambiente una nueva licencia de exploración en una zona conocida como Gibraltar.

1999

El 3 de marzo de 1999, tres defensores de derechos de los pueblos indígenas,  oriundos de Estados Unidos, que trabajaban en estrecha colaboración con los U’wa, Terence Freitas, Lahe’enae Gay e Ingrid Washinawatok, fueron secuestrados y asesinados por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército Popular (FARC-EP) después de una visita al territorio U’wa.

En agosto, el Instituto Colombiano de Reforma Agraria (INCORA)emitió la Resolución 056 mediante la cual se crea el Resguardo Unido U’wa,, ampliando las reservas que anteriormente fueron adjudicadas a los U’wa. Sin embargo, este reconocimiento dejó por fuera el área de explotación delpozo de Gibraltar y no reconoció la totalidad del territorio ancestral de la Nación, el cual . fue reconocido inclusive en la epoca colonial mediante títulos  concedidos por la corona Española. 

A su vez, en relación con la actividad en Gibraltar, el Ministerio del Interior certificó que no había presencia de indígenas en la zona, por lo que no era necesario realizar procesos consultivos. Sin embargo, tanto antes como después, otros organismos del gobierno colombiano habían indicado que el pueblo indígena U’wa habita ancestralmente en la zona y, por lo tanto,  tendría que ser consultado. 

El Ministerio de Medio Ambiente concedió entonces una licencia para un pozo exploratorio en Gibraltar. Los U’wa, con el apoyo de EarthJustice, escribieron a la CIDH para reactivar su petición. Los U’wa también presentaron una solicitud de medidas cautelares ante la CIDH.

2000

Las Fuerzas Armadas del Estado colombiano bloquearon el acceso a los alimentos, el agua y otras necesidades en un esfuerzo por forzar a los U’wa a salir de la zona de Gibraltar marcada para la perforación. Los U’wa presentaron otra acción de tutela contra el Ministerio de Medio Ambiente y Oxy, oponiéndose a la licencia ambiental que habilitó la perforación exploratoria de Gibraltar, al vulnerar el derecho a la consulta previa de la Nación U’wa.  En respuesta a la acción de tutela, el Tribunal de Primera Instancia dictó una suspensión temporal de la perforación en Gibraltar. El Tribunal consideró que el proyecto podía poner en peligro los derechos fundamentales de los U’wa y que debía ser evaluado antes de la perforación. Esta decisión fue apelada por la Oxy ante el Tribunal Superior de Bogotá. Mientras tanto, más de 1,200 U’wa comenzaron una ocupación pacífica y abierta del pueblo de Cubará, Boyacá. 

El Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión de primera instancia, por lo que OXY prometió reanudar la construcción. Los U’wa apelaron la decisión al Tribunal Constitucional. Más tarde, el Tribunal Constitucional se negó a escuchar el caso. 

La policía antidisturbios atacó una barricada de los U’wa en un puente sobre el río Cobaría. Los manifestantes U’wa fueron gaseados con gas lacrimógeno y detenidos por las autoridades. Las protestas, que incluyeron una huelga de transporte, continuaron con el apoyo de la sociedad civil. 

Más tarde, en el 2000, los U’wa compartieron con la prensa documentación de títulos de tierras reconocidos por la Corona española en 1661, junto con precedentes jurídicos colombianos que demostraban que esos títulos seguían siendo válidos y se extendían a la propiedad de los recursos  del subsuelo.

2001

Los U’wa presentaron una acción de nulidad contra la Resolución 80851 mediante la cual el Ministerio de Minas reservó un área alrededor del Bloque Gibraltar 1 para uso exclusivo de explotación de hidrocarburos a favor de OXY. 

2002

Oxy se retiró del Bloque Samoré y la concesión fue transferida a Ecopetrol, para luego redefinirlos límites del Bloque Samoré y separarlo en los bloques Siriri y Catleya.

2003

Ecopetrol solicitó el inicio de una consulta previa para los bloques Sirirí y Catleya.

2004 y 2005

Se realizaron 14 cursos de capacitación y seis talleres vinculados con los bloques Siriri y Catleya. Las reuniones iniciales no se celebraron con el co-peticionario AsoU’wa y solo involucraron la participación de Ascatidar, otra organización representativa de la Nación en el departamento de Arauca . En mayo de 2005, los U’wa rechazaron el proceso de “consulta” y se negaron a asistir a otros actos. No obstante, el Ministerio del Interior y Ecopetrol llegaron a la conclusión de que los bloques Sirirí y Catleya no violaban los derechos de los U’wa ni la integridad de la comunidad. 

Los U’wa declararon que no participarían en la consulta y que rechazaban todos los proyectos de desarrollo petrolero en su territorio. A finales de año, el Ministerio del Interior pidió que el más alto tribunal administrativo de Colombia, el Consejo de Estado, declarara que las reuniones de 2004 y 2005 eran suficientes para satisfacer los requisitos de la consulta.

2006

El Consejo de Estado decidió a favor de Ecopetrol que las reuniones eran suficientes para la consulta previa de los bloques Sirirí y Catleya.

2007

Se firmó el contrato para la concesión de minería de carbón GKT-081 que se superpone al territorio U’wa.

2009

Un batallón militar ocupó y destruyó un lugar sagrado. Las autoridades indígenas presentaron una queja a la oficina del fiscal en Cocuy pero no recibieron respuesta. Se firmaron contratos para otras dos concesiones de minería de carbón. El Ministerio de Medio Ambiente concedió una licencia ambiental a Ecopetrol para la construcción del gasoducto de Gibraltar.

Mediante el Auto 004, la Corte Constitucional colombiana reconoció a la Nación U’wa como parte de los 34 grupos indígenas en riesgo de exterminio físico y/o cultural debido al conflicto armado interno y a los impactos del extractivismo, ordenando la adopción urgente de un Plan de Protección.

2010

Ecopetrol presentó documentos al Ministerio del Medio Ambiente solicitando un estudio ambiental para el Área de Perforación Exploratoria (APE) de Magallanes.

2012

El gasoducto de Gibraltar comenzó a funcionar. 

Parques Nacionales Naturales de Colombia creó un reglamento de uso para el Parque Nacional Natural el Cocuy, reconociendo los impactos del turismo. Esta Área Natural Protegida se traslapa con el territorio ancestral de la Nación U’wa, es conocida como Zizuma y tiene un elevado valor espiritual para el pueblo indígena.  

La Agencia Nacional de Licencias Ambientales otorgó una licencia ambiental a Ecopetrol para el APE Magallanes. Los U’wa argumentaron que la evaluación de impacto ambiental era deficiente e incompleta.

2014

Los ataques al oleoducto de Caño Limón por parte de agentes armados no estatales, frecuentes desde su construcción, siguieron afectando la paz y la tranquilidad de los U’wa. Los ataques al oleoducto provocan  contaminación por el derrame de petróleo, afectan la flora y fauna y tienen un impacto especialmente negativo en elementos sagrados para la Nación U’wa. 

El 1 de mayo de 2014, AsoU’wa y el gobierno colombiano firmaron acuerdos detallados, que incluían la suspensión de la perforación de APE Magallanes durante un mes, para revisar la evaluación de impacto ambiental (EIA). 

En octubre, Colombia presentó sus objeciones a la admisión de la petición de los U’wa a la CIDH.

2015

AsoU’wa presentó una acción de nulidad contra la evaluación de impacto ambiental del APE Magallanes. Mientras tanto, la construcción de una nueva línea para el oleoducto de Gibraltar provocó un deslizamiento de tierra de 2 km. 

En septiembre, fue aprobada  la solicitud de la Nación U’wa para la creación del Resguardo Indígena  Kuitua.

EarthRights se unió al caso ante la CIDH como co-peticionario, apoyando a la Nación U’wa en su búsqueda de justicia. AsoU’wa también presentó información adicional a la CIDH sobre las nuevas y continuas violaciones. El 15 de octubre de 2015, la CIDH publicó el informe de admisibilidad reconociendo su competencia sobre la petición presentada por  la Nación U’wa contra Colombia.

AsoU’wa presentó ante el Consejo de Estado una acción de nulidad contra el acto administrativo que otorgó la concesión de carbón en su territorio. El Estado colombiano celebró una reunión de consulta previa relacionada con las concesiones de minería de carbón. Las autoridades U’wa no asistieron. 

El Consejo de Estado determinó  que no tenía competencia para conocer la acción de nulidady trasladó el caso al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que luego aceptaría la competencia. 

El Estado convocó una segunda reunión de consulta previa relacionada con las concesiones  mineras de carbón. Los U’wa rechazaron cualquier intento de consulta previa porque el territorio no está abierto a las empresas multinacionales.

2016

Los U’wa ocuparon la planta de gas  Gibraltar en protesta por el incumplimiento de los acuerdos de 2014 por parte del Estado. Esta actividad incluyó el bloqueo de la carretera y del ingreso a la planta de gas para su reparación después de la ruptura del gasoducto. 

AsoU’wa solicitó el cierre del Parque Nacional Cocuy/Zizuma, debido a los impactos negativos del turismo. Parques Nacionales Naturales de Colombia aprobó el cierre temporal del Parque Nacional Cocuy/Zizuma. 

El 15 de diciembre de 2016, AsoU’wa, EarthRights y CAJAR presentaron un informe con sus consideraciones sobre el fondo del caso ante  la CIDH.

2017

El Parque Nacional  Cocuy/Zizuma se reabrió con una mayor regulación de los visitantes. La Nación U’wa y Parques Nacionales Naturales acordaron una evaluación de impacto ambiental. 

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca otorgó medidas cautelares a favor de los U’wa y la suspensión provisional de la concesión minera GKT-08, en el marco de la acción de nulidad interpuesta en 2015.

2018 y 2019

El Estado de Colombia presentó su informe con las observaciones de fondo del caso y luego otro informe adicional a la CIDH.

El 27 de noviembre de 2019, la CIDH adoptó el informe de fondo del caso, encontrando a Colombia responsable por la violaciones de derechos humanos bajo la Convención Americana. El informe confidencial contenía una serie de recomendaciones que Colombia debe seguir para cesar las violaciones y garantizar los derechos de la Nación U’wa, evitando así que el caso sea enviado a la Corte Interamericana.

2020

AsoU’wa y los peticionarios presentaron información a la CIDH sobre el asesinato de un líder U’wa a manos del Ejército Nacional de colombiano durante un enfrentamiento con el Ejército de Liberación Nacional (ELN).

La CIDH envió el caso del Pueblo Indígena U’wa vs. Colombia a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

2021 – 2022

Luego de que el caso llegara a la Corte IDH, la Nación U’wa y sus representantes legales comenzaron a prepararse para la audiencia mediante declaraciones, peritajes y alegatos jurídicos que deben presentarse previamente a la audiencia pública, como también en la misma. 

2023

Después de 26 años de constante lucha, finalmente se fijó una fecha para la audiencia del caso U’wa contra el Estado Colombiano frente a un tribunal internacional.

El 25 y 26 de abril la Nación U’wa será oída en el 157° periodo de sesiones de la Corte IDH, que se llevará a cabo en Santiago de Chile. Es la primera vez que dos líderes de la Nación U’wa declararán en un tribunal internacional, teniendo la oportunidad de  presentar sus argumentos sobre las múltiples violaciones de las que son víctimas y por las que solicitan que se condene al Estado colombiano a nivel internacional.

Durante la audiencia, además, los U’wa tendrán la oportunidad de difundir el mensaje de toda la comunidad que reclama que se les respete y garantice sus derechos culturales y territoriales.

El fallo a favor de la Nación indigena U’wa supondría un hito histórico, ya que marcaría un precedente en la defensa y reivindicación de los derechos de los pueblos indígenas latinoamericanos, como también su rol con su territorio. 

Asuntos legales

Este es el primer caso presentado a la Corte Interamericana sobre la violación de los derechos territoriales y culturales de los pueblos indígenas en Colombia. El caso versa sobre diversos asuntos inter-relacionados que se vinculan con los derechos de la Nación U’wa a su territorio, incluidos los recursos naturales. El caso plantea cuestiones relativas a la consolidación y titulación del territorio U’wa, incluido su territorio ancestral, reconocido por los títulos coloniales otorgados por España en 1661. El territorio U’wa se superpone con un Área Natural Protegida, y la resolución de la cuestión sobre la administración del territorio superpuesto, es esencial para garantizar el derecho de los U’wa a la libre determinación. El caso también desarrollará el derecho al consentimiento libre, previo e informado, requerido para garantizar la supervivencia física y cultural de los pueblos indígenas cuando se pretendan implementar planes de desarrollo o inversión a gran escala, incluidas las licencias de exploración y explotación, en sus territorios. Los U’wa también se han visto afectados negativamente por la militarización y la represión de su derecho a la protesta. El Estado no ha garantizado los derechos culturales de la Nación, poniendo en riesgo su posibilidad de pervivir como pueblo en consideración de los hechos del caso, al no reconocer  las tradiciones culturales de los U’wa,imponer procesos de consulta unilaterales y no garantizar recursos judiciales adecuados.