• La Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia del Perú determinó que en el proceso judicial en contra de la Federación Nativa del río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD) no se cumplió el debido proceso. Asimismo, la Corte Suprema reconoció que se violó el derecho a la libertad de expresión de la organización indígena en su labor de defensa de pueblos indígenas de Madre de Dios (Perú).

Puerto Maldonado, Lima, 22 de julio, 2025.  —  La Corte Suprema del Perú falló a favor de la Federación Nativa del río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD) y su ex presidente, Julio Cusurichi Palacios, declarando fundada la acción de amparo contra amparo presentada en 2022 como respuesta a la decisión del poder judicial de Madre de Dios que sancionó a la organización por denunciar el riesgo a la vida e integridad  del pueblo indígena en situación de aislamiento Mashco Piro, debido a las actividades de extracción maderera durante la pandemia de la COVID-19.

La Corte Suprema indicó que en este caso se vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, la libertad de opinión, expresión y difusión de pensamiento, y a la debida motivación en las medidas judiciales adoptadas previamente. Además, reconoció que las autoridades judiciales de Madre de Dios no consideraron en su análisis el enfoque intercultural y preventivo que se requieren en los casos que involucran la protección de los derechos de los pueblos indígenas, adoptando una interpretación incorrecta de las normas.

“Las organizaciones indígenas luchamos constantemente por los derechos colectivos de nuestros pueblos, considerando que la protección y vida de nuestros hermanos en situación de aislamiento es importante y es parte de nuestra lucha. Por ello este fallo representa un avance importante no solo para Madre de Dios, sino para toda la Amazonía.” destacó Alfredo Vargas Pío, presidente de FENAMAD.

Esta sentencia anula las dos resoluciones judiciales anteriores y elimina la censura impuesta contra FENAMAD, reconociendo su labor de defensa en favor de los pueblos en aislamiento. Al respecto Juliana Bravo Valencia, directora para Latinoamérica de EarthRights International, señaló: “Celebramos la sentencia de la Corte Suprema que abordó las vulneraciones contra FENAMAD no solo desde la Constitución peruana, sino también desde el marco internacional de derechos humanos, incluyendo la Convención Americana (CADH) y la sentencias de la Corte Interamericana (Corte IDH), enfatizando las amenazas a las que están expuestos estos pueblos, a quienes el Estado está obligado a proteger.”

En Perú, las organizaciones y personas defensoras de los pueblos indígenas enfrentan una creciente criminalización por denunciar abusos de empresas extractivas y proteger sus territorios. Este fallo subraya la urgencia de implementar mecanismos efectivos que les permitan continuar con su labor sin temor a represalias para salvaguardar la vida del pueblo indígena Mashco Piro.

Para más información, contacte a:

Daniel Khennyi Peña Pérez – FENAMAD

Correo: khennda_84@hotmail.com | Celular: (+51) 910 395 282

Rosa Luz Arista Zerga – EarthRights International

Correo: rosa@earthrights.org | Celular: (+51) 959 181 022; (+51) 941 242 447