La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordena al Estado peruano garantizar la defensa legal de las víctimas en el caso del pueblo indígena Mashco Piro, protegiendo a las organizaciones FENAMAD y EarthRights International frente a eventuales sanciones derivadas de la “Ley APCI” (también conocida como la ‘Ley Anti-ONG’).
Lima, Perú, 9 de julio, 2025. — La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una resolución que ordena al Estado peruano garantizar que la Federación Nativa del río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD) y EarthRights International puedan ejercer libremente su labor de defensa legal en el caso del pueblo indígena en situación de aislamiento, Mashco Piro, contra el Estado peruano.
La Corte IDH estableció que el caso no puede ser objeto de restricciones ni sanciones derivadas de la aplicación de la Ley No.32301, conocida como “Ley APCI”, que establece multas de hasta 700,000 USD a las organizaciones que financien, asesoren o asistan acciones legales emprendidas contra el Estado peruano.
La resolución reafirma la obligación del Estado de proteger el derecho a defender los derechos humanos y garantizar que los representantes de las víctimas “puedan ejercer libremente la representación legal de éstas ante el Tribunal en todas las etapas del proceso internacional, de modo que no se vean expuestos a ningún tipo de represalia por este hecho”.
El caso fue admitido por Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en 2022, que concluyó que el Estado peruano vulneró los derechos humanos del pueblo Mashco Piro, al no garantizar su protección efectiva frente a las actividades extractivas y la presencia de terceros en su territorio. En 2024, el caso fue remitido a la Corte IDH.
Alfredo Vargas, presidente de FENAMAD, organización que por más de tres décadas ha denunciado los riesgos que enfrentan los Mashco Piro, destacó “Esta medida representa un paso firme en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento. Para los pueblos originarios de la Amazonía, significa que sus voces están siendo escuchadas y que se empieza a reconocer el respeto que merecen”.
Juliana Bravo Valencia, directora de la oficina de América Latina de EarthRights International, afirmó “La decisión unánime de la Corte reconoce el grave riesgo que implica la Ley APCI para las organizaciones defensoras y, en particular para las víctimas, que buscan justicia ante las graves violaciones a sus derechos humanos. Esperamos que el Estado cumpla con sus obligaciones internacionales y la determinación de la Corte, permitiéndonos ejercer plenamente la representación legal del caso. Esta es una oportunidad única para sentar un precedente que proteja la supervivencia física y cultural de los pueblos indígenas en aislamiento”.
La respuesta a la solicitud de medida provisional presentada por FENAMAD y EarthRights International fue notificada ayer, 8 de julio de 2025, fecha en la que sus representantes presentaron ante la Corte IDH el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (ESAP) para que el caso continúe su trámite ante este tribunal.
EarthRights acompaña a FENAMAD en la defensa legal de los pueblos indígenas en aislamiento desde el año 2016 en Perú. FENAMAD y EarthRights son representantes de las víctimas ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el Caso de los pueblos indígenas Mashco Piro, Yora y Amahuaca contra el Estado peruano, así como en la Medida Cautelar N.° 262-05, vigente, que busca proteger al pueblo Mashco Piro frente a las amenazas derivadas por la actividades extractivas y la presencia de terceros en su territorio.
Para más información, contacte a:
Daniel Khennyi Peña Pérez – FENAMAD
Correo: khennda_84@htomail.com
Celular: (+51 ) 910395282
Rosa Luz Arista Zerga – EarthRights International
Correo: rosa@earthrights.org
Celular: (+51 1) 959 181 022; (+51 1) 941 242 447