• La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una Opinión Consultiva que establece un precedente histórico sobre la emergencia climática.
  • Define estándares para proteger los derechos humanos frente a la emergencia climática, reconociendo la obligación especial de protección del Estado hacia  líderes y comunidades indígenas, afrodescendientes, campesinos y mujeres.

Lima, Perú, 8 de julio, 2025 – La Corte IDH emitió su Opinión Consultiva OC-32/25 sobre “Emergencia Climática y Derechos Humanos”, solicitada por Chile y Colombia, en la cual reconoce la emergencia climática como una realidad inminente y establece un marco jurídico para que los Estados garanticen el derecho a un clima sano. Es la primera vez que una corte internacional emite una declaración sobre el impacto de esta crisis en grupos específicos y la obligación de proteger sus derechos. 

Protección de los pueblos indígenas y tribales, y las comunidades afrodescendientes y campesinas

La Corte IDH afirmó de manera concluyente que la situación actual constituye una emergencia climática, que afecta y amenaza gravemente a la humanidad, impactando de manera desproporcionada a los grupos más vulnerables, entre ellos los pueblos indígenas y tribales, y las comunidades afrodescendientes y campesinas. La Opinión Consultiva destaca el profundo impacto que este fenómeno global tiene sobre estas poblaciones, resaltando su conexión vital con el ambiente y el rol fundamental que cumplen en la preservación de ecosistemas.

El tribunal enfatizó que el cambio climático exacerba la situación de vulnerabilidad de ciertos grupos poblacionales debido a la confluencia de factores estructurales de discriminación, como la pobreza y la desigualdad. Por ello, es fundamental que los Estados adopten medidas diferenciadas para garantizar la igualdad real en el goce de los derechos de los pueblos indígenas, comunidades rurales, afrodescendientes, niños, niñas y adolescentes, quienes pueden sufrir efectos desproporcionados.

La Corte IDH reafirma la obligación de los Estados de garantizar el derecho a la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas, originarios y tribales, especialmente en proyectos que puedan afectar sus territorios, cultura y medios de vida, u otros derechos esenciales para su supervivencia requiriendo su consentimiento en casos de gran impacto, respetando sus costumbres y tradiciones. Asimismo debe incentivar su participación destacando la importancia de  contar  con los saberes tradicionales, locales e indígenas en los procesos de decisión necesarios para responder a la emergencia climática. 

En este sentido, los Estados deben adoptar todas las medidas necesarias para respetar y proteger los derechos de los pueblos indígenas, en particular su tierra y su identidad, así como apoyar la recopilación de los saberes locales, tradicionales e indígenas en relación con el cambio climático, el ambiente y los derechos humanos.

Protección reforzada para defensores del ambiente

La Opinión Consultiva reconoce un deber especial de protección del Estado hacia las personas defensoras del ambiente, que incluyen a líderes indígenas, afrodescendientes, campesinos y mujeres, que enfrentan riesgos acentuados de censura, amenazas, criminalización y hostigamiento por su labor vital de defender los derechos humanos en el contexto de la emergencia climática. La Corte IDH hace un llamado a los Estados a establecer o fortalecer programas nacionales de protección, investigar y sancionar ataques, y contrarrestar la criminalización de la defensa ambiental, adoptando un enfoque interseccional en sus medidas de protección para reconocer la particular vulnerabilidad de ciertos grupos.

“Hacemos un llamado a los Estados para que actúen con urgencia y detengan, cuanto antes, el daño causado por las actividades extractivas antes que sea irreversible. Es momento de que demuestren un compromiso real con la vida, los derechos humanos y protejan a quienes defienden el territorio y el medio ambiente. La justicia climática no da espera; la supervivencia de la humanidad está en juego,” afirmó Juliana Bravo Valencia, directora de la oficina de Latinoamérica de EarthRights International.

Agradecemos a las 25 comunidades y organizaciones indígenas, tribales, campesinas y afrodescendientes, de Alaska hasta la Amazonía, por permitirnos trabajar juntos y llevar sus reclamos y denuncias ante la Corte IDH pero especialmente por llevar el conocimiento profundo de sus territorios , por evidenciar los enormes impactos de la crisis climáticas en sus vidas y resaltar la importancia de garantizar invaluable labor como defensores de la naturaleza y la vida.

—– 
Acerca de EarthRights International: EarthRights International (ERI) es una organización sin fines de lucro que combina el poder del derecho y el poder de la gente para defender los derechos humanos y proteger el planeta.

Contacto:
Maria Paula Riveros F.
maria.paula@earthrights.org