- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha remitido ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso del pueblo indígena en aislamiento Mashco Piro ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), al encontrar responsable al Estado peruano por la violación de sus derechos al no proteger su territorio y permitir actividades extractivas .
Madre de Dios – Lima, Perú, 7 de noviembre de 2024.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), presentó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el “Caso N. ° 13.752- Pueblos indígenas Mashco Piro, Yora y Amahuaca contra el Estado de Perú”, al encontrar al Estado peruano responsable por violar los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento (PIA) lo que pone en grave peligro la supervivencia física y cultural de los Mascho Piro.
En su nota de remisión, la CIDH concluyó que: “la normativa vigente, en su aplicación en el caso concreto, no logró proteger efectivamente la intangibilidad del territorio de los pueblos indígenas Mashco Piro, Yora y Amahuaca ni garantizar que cualquier restricción a su propiedad fuera compatible con los estándares interamericanos en la materia. En particular, la Comisión observó que, pese a la adopción de la normativa desarrollada por el Estado para proteger a los PIA, las tierras donde habitan enfrentan constantes presiones sobre sus territorios por la presencia de personas externas y concesiones forestales e hidrocarburíferas, la tala ilegal y narcotráfico en sus territorios”.
En 2011, ante la falta de justicia y garantías para la defensa de los derechos del pueblo indígena en situación de aislamiento Mashco Piro —que, debido a su decisión de permanecer en aislamiento, no puede ejercer directamente esta defensa—, la Federación Nativa del río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD), acudió a la CIDH para denunciar la grave situación que enfrenta debido a la inacción estatal.
“Para nosotros es importante que esta medida haya llegado a otra instancia internacional, y que el Estado peruano entienda que nuestros hermanos en situación de aislamiento Mashco Piro, necesitan ser protegidos, porque sus territorios están siendo invadidos por actividades extractivas, poniendo en riesgo sus propias vidas, esperemos que ahora se logre finalmente garantizar el pleno respeto hacia ellos y el principio del no contacto”, señaló Alfredo Vargas Pio, presidente de FENAMAD.
Tras 12 años de procedimiento ante el Sistema Interamericano, el 1 de diciembre de 2023 la CIDH comunicó a las partes la adopción del Informe 397/22, en el cual determinó que el Estado peruano ha violado varios derechos del pueblo Mashco Piro, entre ellos el derecho a la propiedad colectiva, las garantías judiciales, la protección judicial, la libertad de expresión, los derechos políticos y culturales, afectando además gravemente su derecho a la libre determinación.
En el informe, la CIDH recomendó al Estado peruano una serie de medidas, entre ellas, identificar y delimitar correctamente el territorio del pueblo Mashco Piro (culminando el proceso de categorización de la Reserva Territorial Madre de Dios en Reserva Indígena, incluyendo la delimitación de zonas de amortiguamiento) y asegurar el estricto cumplimiento del principio de no contacto, evitando la realización de actividades económicas en su interior. Sin embargo, el Estado no ha dado cumplimiento a estas recomendaciones, motivo por el cual la CIDH ha decidido presentar el caso ante la Corte IDH.
“Después de años de lucha en defensa de los derechos del pueblo Mascho Piro, la llegada de este caso a la Corte IDH es un paso fundamental para exigir al Estado peruano que asuma su responsabilidad por la falta de protección efectiva de sus derechos. La Corte tiene ahora la oportunidad de establecer un precedente para los pueblos indígenas en aislamiento, exigiendo el reconocimiento y la protección de su territorio, frente a las crecientes amenazas que ponen en riesgo su existencia.”, señaló Juliana Bravo Valencia, directora del programa Amazonía de EarthRights International, organización que desde el año 2016, trabaja junto a FENAMAD en la defensa legal de los pueblos indígenas en aislamiento, siendo ambos co-peticionarios ante el Sistema Interamericano del Caso y la Medida Cautelar N. ° 262-05.
El riesgo de exterminio que enfrenta el Pueblo Mashco Piro sigue siendo crítico; por ello, la CIDH mantiene vigentes las medidas cautelares que buscan proteger a los Mascho Piro ante la presencia sostenida y cada vez más feroz de terceros en su territorio. Ahora será la Corte IDH la que deberá decidir sobre la responsabilidad internacional del Estado peruano por la violación de los derechos de este pueblo indígena.
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